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RECUERDE TRAER LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN EL DÍA DE SU CITA:
- Cédula de ciudadanía original.
- Permiso original, si no lo tiene presentar manifestación escrita, que contenga: fecha, datos personales, datos del arma (clase, marca, calibre y serie) y relato sucinto de los hechos ocurridos al respecto. (Este escrito se entiende surtido bajo la gravedad de juramento, Art. 30 Decreto Ley 0019 de 2012).
- Examen psicométrico expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar.
- Dos (02) improntas legibles de la serie del arma (en una hoja en blanco) y correo electrónico.
- Cuatro (04) fotografías del arma legibles con: el número, marca, calibre y foto general del arma.
- Carta dirigida al jefe del Departamento Control Comercio de Armas o Jefe de Estado Mayor de Brigada o Ejecutivo y Segundo Comandante de Batallón, con firma, post-firma, número de identificación del solicitante, dirección, correo electrónico y número de teléfono solicitando la revalidación del permiso de uso del arma.
NOTA: No revalidar el permiso antes de la pérdida de su vigencia, el titular deberá cancelar una multa así: para porte dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes de ¼ SLMV, de 46 a 90 días 2/4 SLMV, de 91 en adelante 1 SLMV y de tenencia dentro de los noventa (90) días calendario siguientes ¼ SLMV, de 91 a 180 días 2/4 SLMV y de 181 en adelante 1 SLMV, de conformidad con la Ley 1119/2006 y Decreto Ley 0019/2012, el arma que se encuentre en esa situación no podrá ser portada por el titular del permiso o salvoconducto vencido, so pena de ser decomisada por la autoridad competente, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar. SLMV. Salario Mínimo Legal Vigente.