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Comunicándose a través de nuestro Call Center en Bogotá al PBX (57+1) 5804827 de lunes a viernes de 7 am a 5 pm en jornada continua.

RECUERDE TRAER LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN EL DÍA DE SU CITA:

  1. Cédula de ciudadanía original.
  2. Permiso original, si no lo tiene presentar manifestación escrita, que contenga: fecha, datos personales, datos del arma (clase, marca, calibre y serie) y relato sucinto de los hechos ocurridos al respecto. (Este escrito se entiende surtido bajo la gravedad de juramento, Art. 30 Decreto Ley 0019 de 2012).
  3. Examen psicométrico expedido por entidades autorizadas por la Dirección General de Sanidad Militar.
  4. Dos (02) improntas legibles de la serie del arma (en una hoja en blanco) y correo electrónico.
  5. Cuatro (04) fotografías del arma legibles con: el número, marca, calibre y foto general del arma.
  6. Carta dirigida al jefe del Departamento Control Comercio de Armas o Jefe de Estado Mayor de Brigada o Ejecutivo y Segundo Comandante de Batallón, con firma, post-firma, número de identificación del solicitante, dirección, correo electrónico y número de teléfono solicitando la revalidación del permiso de uso del arma.

NOTA: No revalidar el permiso  antes de la pérdida de su vigencia, el titular deberá cancelar una multa así:  para porte dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes de ¼ SLMV, de 46 a 90 días 2/4 SLMV, de 91 en adelante 1 SLMV  y  de tenencia dentro de los noventa (90) días calendario siguientes ¼ SLMV, de 91 a 180 días 2/4 SLMV y de 181 en adelante 1 SLMV, de conformidad con  la Ley 1119/2006 y Decreto Ley 0019/2012, el arma que se encuentre en esa situación no podrá ser portada por el titular del permiso o salvoconducto vencido, so pena de ser decomisada por la autoridad competente, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar.  SLMV. Salario Mínimo Legal Vigente.